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La ley de impuestos de sobrevivientes en Estados Unidos dice que cuando una pareja tiene una póliza de seguro de vida y muere uno de ellos, la persona que sobrevive, por lo regular, no tiene que pagar impuestos de herencia sobre el dinero que recibe de esta póliza. La razón es porque esa pareja se considera una sola unidad.
Pero, en el año 1998 cambiaron las reglas de impuestos para aquellos que no son ciudadanos de Estados Unidos. Oye bien esto. De esa fecha al presente, si tú eres un residente legal con tu tarjeta verde, si tienes una visa para estar en Estados Unidos, o simplemente si vives en Estados Unidos sin papeles legales, y recibes los beneficios de una póliza de seguros de tu pareja, existe una posibilidad muy grande de que tú tengas que pagar impuestos que podrían llegar a alcanzar niveles de hasta un 45%.
Esta ley se aplica a ti si no eres ciudadano de este país, aún si estás casado con un ciudadano o con otro residente legal. Si recibes beneficios de ese seguro de vida cuando muera tu pareja, tendrás que pagar impuestos de herencia sobre ellos y podrías perder casi la mitad del dinero que recibas.
Sin embargo, hay formas de evitarlo. La primera es estableciendo lo que se llama un fideicomiso QDOT (Qualified Domestic Trust). Para eso necesitarás ir a un abogado para que te lo prepare.
La segunda forma es la de cambiar el dueño de la póliza de vida de manera que el beneficiario sea también el dueño de la póliza. Ya te cuento cómo funciona esto.
En una póliza de vida hay tres protagonistas. El primero es el asegurado. Esa es la persona que se está asegurando y que cuando muera la compañía de seguros pagará el beneficio de muerte.
El segundo es el beneficiario. Ese es quien recibe el dinero cuando el asegurado muere. Y el tercer protagonista es el dueño de la póliza. Esa persona es la que puede hacer cambios en ella, nombrar un nuevo beneficiario o hasta un nuevo dueño. Por lo regular, el asegurado y el dueño son la misma persona, pero en el caso de un beneficiario que no sea ciudadano de Estados Unidos, te ahorrarás los impuestos a pagar si también ese beneficiario es el dueño de la póliza y como dueño, simplemente está recibiendo el dinero que le corresponde, no el beneficio de otro y por eso no tiene que pagar impuestos de herencia.
¿Qué debes hacer? Primero, ponte en contacto con el agente que te vendió la póliza de seguro de vida o con la compañía directamente y pregunta si esta ley se aplica en tu caso. Discute las opciones de formar un fideicomiso o de cambiar el dueño de la póliza de vida. Si necesitas un abogado para el fideicomiso, busca uno que se dedique a la planificación de patrimonios. Si simplemente quieres cambiar el dueño de la póliza, necesitas que el dueño actual solicite y llene una planilla de cambio con la compañía de seguros. Y si quieres protegerte en caso de que el dueño muera antes del asegurado, puedes asignar dos dueños a la póliza, uno primario y un dueño secundario o lo que le llaman "contingent owner".
Las leyes pueden variar casi sin aviso, así es que consulta con tu agente de seguros o tu abogado antes de hacer cualquier cambio.
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Cuando hablamos de apretarnos el cinturón, no estamos solos. Los empleadores también están tratando de recortar costos donde puedan, y hoy quiero responder algunas de las preguntas más frecuentes alrededor de ese tema. Vamos con la primera pregunta:
1. Julie, yo tengo un familiar en otro estado y el mínimo que le pagan a él es más de lo que yo recibo. ¿Eso es legal?
Podría serlo. Los sueldos mínimos por hora se determinan a nivel federal, pero cada estado puede, si quiere, establecer su propio mínimo, siempre y cuando sea mayor al del gobierno. El mínimo pago laboral por hora actualmente es de $6.55 y sube a $7.25 comenzando el 24 de julio de este año. Pero el estado donde tú resides podría aumentar ese pago mínimo si lo desea. Las únicas personas que pueden ganar menos del mínimo establecido por tu estado son aquellas que reciben propinas como parte del sueldo, como por ejemplo los meseros o estilistas. Pero si el monto que reciben no es equivalente por lo menos al mínimo legal, el empleador tiene que completar ese pago hasta que sea al menos el nivel actual de pago por hora.
2. Julie, mi hijo de 15 años quiere trabajar durante su año escolar. ¿Hay reglas laborales que se aplican a él por su edad?
Sí, y te felicito por tener un hijo trabajador. Ahora las reglas: En los ojos del departamento de labor, los trabajadores se dividen en dos grupos: los menores de 16 años y los de 16 en adelante. Si el trabajador tiene 14 o 15 años, no puede trabajar más de 3 horas diarias ni 18 horas semanales mientras el año escolar está en sesión. Los fines de semana puede trabajar un máximo de 8 horas al día. Una vez que cumpla 16 años, se considera un adulto laboralmente y puede trabajar un sin límite de horas pero después de las 40 horas semanales, tiene que recibir tiempo y medio por su trabajo. La única excepción son los trabajadores que reciben salarios y no un pago por hora y los ejecutivos de la empresa.
3. ¿Cuánto tiempo tiene que darme mi empleador de vacaciones o días por enfermedad?
Esta respuesta no te va a gustar mucho. La Ley laboral de los Estados Unidos no requiere que un empleador tenga que pagar por el tiempo que sus empleados no trabajen. Dentro de esa categoría caen las vacaciones y también los días feriados, aun si son días federales. La única excepción a esta regla se aplica a algunos empleadores del gobierno, pero las empresas privadas establecen sus propias políticas de personal en cuanto a vacaciones. Y eso no es todo, lo mismo se aplica a los días por enfermedad o en el caso de que tengas que dejar de trabajar por cuidar a un familiar cercano. Tu empleador no puede negarte tiempo libre para atenderlo, pero no está obligado a pagarte por ese tiempo.
4. Julie, ¿cuáles son las leyes de maternidad?
Si tomas tiempo para tener tu niño, así sea por nacimiento o por adopción, tu empleador no tiene que pagarte durante ese tiempo, pero no puede despedirte y tú tienes el derecho de regresar a la misma posición o a una equivalente a la que tenías antes. |
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Si el reciente bajón en la bolsa de valores ha dejado a tu cuenta de retiro en el salón de primeros auxilios, hoy quiero ayudarte a considerar dos opciones que tienes a tu disposición para que no te vuelva a suceder lo mismo si tenemos otra recaída económica.
Si tienes más de 10 años de labor antes de retirarte, y estás haciendo depósitos en fondos mutuos, tu mayor énfasis debe ser en el hacer crecer tu cuenta lo más posible pero de una forma conservadora. Para eso existen los fondos balanceados.
Un fondo balanceado no pone todo el dinero en acciones, sino que usan bonos y otros depósitos seguros para contrarrestar la volatilidad y el riesgo de una acción. Estos fondos, históricamente, no han dado las ganancias de los fondos de acciones, pero tampoco han perdido tanto dinero durante los malos tiempos. Por eso se les llama balanceados, porque tratan de mantener un balance entre las ganancias y el riesgo.
Para encontrar dentro de tu plan de retiro cuáles son fondos balanceados, busca las palabras Balanced, Equity Income o Growth and Income. Llama al número 800 de cada fondo y pregunta cuál es el Beta de ese fondo. Mientras más bajo sea ese número, menos riesgo tiene. Un fondo de más de 1 de beta se considera agresivo. Elije el del beta más bajo.
Si tienes menos de 10 años antes de que te retires, debes defender esa cuenta como un gato boca arriba, aun si no estás ganando lo que podrías ganar en otras inversiones, así es que no pongas tu dinero en fondos mutuos agresivos. Considera depositar en fondos que inviertan en TIPS, que son inversiones ofrecidas por el departamento del tesoro de Estados Unidos. El valor de tu cuenta en TIPS varía con el nivel de inflación que tengamos. Mientras más alta la inflación, más valor tendrá tu cuenta, es más, este tipo de inversión se considera como un seguro contra la inflación. Este tipo de fondo por lo general tiene las siglas TIPS en el nombre o la frase "real return".
Tu empleador tiene que ofrecerte un menú con todas las opciones que tienes a tu disposición, pero si quieres confirmar tu decisión, llama a tu fondo mutuo directamente. Todos los fondos tienen un número 800 gratis y te pueden ayudar, y para que puedas entender bien lo que te están diciendo, no te olvides de decir en cuanto respondan el teléfono "Espanish, plis" para que busquen a alguien que te pueda atender en tu propio idioma. |
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